Derechos del trabajador en caso de despido improcedente

Derechos del trabajador en caso de despido improcedente

El despido podrá ser declarado de tres maneras posibles: despido procedente, nulo e improcedente. El primero de ellos implica que el despido se realizó de forma correcta y que las causas que motivaron esta decisión estaban justificadas. El despido nulo declara que la causa era discriminatoria, violaba derechos fundamentales y libertades del trabajador, estaba relacionado con los derechos de maternidad o bien, deseaba mermar las condiciones laborales de los representantes de los trabajadores. Por último, el despido improcedente puede establecerse por dos razones: bien por el incumplimiento de los requisitos formales exigidos legalmente o porque las razones alegadas por el empresario no justifican el despido suficientemente.

Cualquier despido deberá contener una serie de requisitos generales, que son los siguientes:

Comunicar por escrito la decisión, motivación de los hechos detallando los incumplimientos por parte del trabajador ante un despido disciplinario o las causas objetivas del despido si es un despido objetivo. Indicar la fecha del mismo, no tramitar expediente contradictorio en los despidos disciplinarios de los representantes de los trabajadores o delegados de personal o no escuchar al trabajador y al resto de miembros de su sindicato. En caso de que cualquiera de estos requisitos sea incumplido, conllevará a que el despido se califique como improcedente.

En este caso, el empleador podrá elegir entre readmitir al trabajador o bien, indemnizarle. La opción deberá llevarse a cabo en el plazo de 5 días desde la notificación de la sentencia que declare la improcedencia del despido. En el primer caso, se reincorporará al trabajador en las mismas condiciones que existían anteriormente, se abonarán los salarios de tramitación entre la fecha del despido y la de la readmisión y cose cotizará a la Seguridad Social durante dicho período. Por su parte, el trabajador tiene obligación de devolver la indemnización percibida por la extinción.

En caso de indemnización, dará ligar al fin del contrato de trabajo. La cuantía dependerá de la fecha en la que el trabajador comenzó a prestar sus servicios. En este momento, el trabajador se encontrará en situación de desempleo y podrá solicitar una prestación por desempleo si acumula las cotizaciones suficientes.

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